Césares (23 page)

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Authors: José Manuel Roldán

Tags: #Histórico

BOOK: Césares
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En la ficción constitucional, Roma seguía siendo una ciudad-estado. Los magistrados que gobernaban en nombre del Senado y del pueblo eran también los administradores de la Urbe. El nuevo carácter de la Ciudad como sede del
princeps
y cabeza del imperio había de afectar profundamente a su administración, en la que, con la multiplicación de los car gos imperiales, el
princeps
intervino cada vez más en un dominio en principio reservado al Senado y a los magistrados. Su pérdida de poder político también se vio acompañada, así, de una pérdida de funciones en la propia Roma, que pasaron a nuevas instancias.

Era la primera en prestigio la prefectura del pretorio, creada por Augusto el año 2 a.C. En la continua conciliación de novedades y tradiciones, Augusto consideró la oportunidad de contar con un cuerpo militar, distinto a las legiones, no tanto como guardia de corps, sino como tropa de elite inmediata a la persona del emperador. De la antigua
cohors praetoria
republicana, o guardia personal del comandante, nació así la guardia pretoriana, diez mil soldados escogidos, encuadrados en diez cohortes (tres de ellas estacionadas en Roma), al mando de un prefecto del orden ecuestre. La vecindad al emperador, la peculiaridad del cuerpo y la conciencia de elite de la tropa, constituida sólo por soldados itálicos, explican su gran influencia, concentrada en el prestigio y poder de su comandante, el
praefectus praetorio
.

De todos modos, la auténtica administración de Roma fue puesta en las manos de un prefecto de la ciudad (
praefectus Urbis
), que, aun con antecedentes republicanos, tomó con Augusto sus rasgos definitivos. La administración de Roma presentaba problemas especiales por este doble carácter de ciudad-estado y de cabeza de un imperio, a los que el
princeps
trató de acudir con su acostumbrada práctica de compromiso entre el orden viejo y el nuevo. El
praefectus Urbis
debía garantizar, ante todo, la seguridad pública y la justicia frente a los delitos comunes. Para ello contaba con cuatro cohortes urbanas, cada una compuesta de quinientos hombres.

En el sector del orden público, al lado del prefecto urbano, ciertas competencias concretas fueron puestas bajo la dirección de un funcionario independiente. Se trataba, sobre todo, de asegurar la vigilancia nocturna de la ciudad y luchar contra los incendios, frecuentes en Roma como consecuencia de la densidad de población y de su hacinamiento en vastas construcciones (
insulae
), en gran parte de madera. Tras una serie de ensayos, en los que se utilizaron patrullas de esclavos, Augusto dividió la ciudad en catorce
regiones
y creó un cuerpo de
vigiles
, articulado en siete cohortes de mil hombres (una por cada dos
regiones
), bajo el mando de un
praefectus vigilum
, de extracción ecuestre y, en consecuencia, inferior en rango al urbano.

Otras funciones, organizadas por Augusto, nuevas o sustraídas de las competencias de los magistrados republicanos, completaban la administración de la Ciudad. Hay que destacar entre ellas la prefectura de la
annona
, el aprovisionamiento de trigo y de artículos de primera necesidad a la Urbe, que incluía la conservación de género en los graneros públicos, la lucha contra el acaparamiento y el control de los precios, con los correspondientes poderes de policía y jurisdicción para el cumplimiento de sus responsabilidades, encomendada a un personaje del orden ecuestre. Finalmente, una serie de curatelas, confiadas a senadores, atendían a diversos servicios urbanos: el abastecimiento de aguas, el cuidado de los edificios públicos y de las vías, o de la red de saneamiento.

Pero el carácter de ciudad-estado de Roma tenía una segunda vertiente, que tampoco podía ser descuidada por Augusto. En ella vivía el «pueblo soberano», la
plebs
urbana
, que si bien mucho tiempo atrás había perdido todo su papel político, continuaba sirviendo de fachada, que era preciso sostener, conciliándose su favor. En la construcción político-constitucional del principado, Augusto basó su ascendencia sobre la plebe en la
tribunicia potestas
reconocida por el Senado, que lo convertía en representante y garante de los derechos del pueblo. Pero las relaciones de
princeps
y plebe no estuvieron privadas de tensiones, que exigieron de Augusto una auténtica política, con medidas concretas de control, organización y propaganda. No era fácil controlar una ciudad que en los decenios anteriores había estado sometida a tumultos y desórdenes, al terror de bandas organizadas, como las que Clodio había utilizado para sus fines políticos, con bases de reclutamiento en los distritos territoriales o
vici
. Augusto, en primer lugar, reorganizó el espacio urbano, encuadrando los vici en circunscripciones territoriales más amplias, las
regiones
, pero, sobre todo, ligando estos corpúsculos urbanos al culto a los Lares de Augusto, los dioses que protegían el espacio de su mansión privada. Un culto que pertenecía en primera instancia a la familia se multiplicó así en todos los rincones de la Ciudad, según un modelo que ampliaba el contexto familiar del
princeps
a los barrios de Roma. En cada uno de ellos, un
vicomagister
se ocupaba de hacer cumplir los ritos de culto, pero al mismo tiempo servía de control social sobre los vecinos de su circunscripción.

Hacía mucho tiempo que la plebe de Roma se había convertido en una masa parasitaria. Y para mantenerla en paz era necesario, en primer lugar, alimentarla. Augusto logró organizar la amorfa masa de la población de Roma, y, con ello, facilitar más su control mediante la regulación de las listas de receptores de trigo gratuito, la
plebs
frumentaria
—los ciudadanos romanos de la Urbe—, convirtiéndola en un estamento cerrado y privilegiado frente al resto de las comunidades del imperio. Es cierto que también la privó prácticamente de su ya sólo nominal derecho de decisión en la elección de magistrados, con una injerencia cada vez mayor en las asambleas. Las
Res Gestae
enumeran puntillosamente las liberalidades —espectáculos y donativos— ofrecidas por el
princeps
en distintas ocasiones a lo largo de su reinado. La plebe romana, sin embargo, no fue reducida por completo al silencio. Su papel de espectador y comparsa en las manifestaciones de poder o liberalidad del
princeps
—representaciones tea trales, espectáculos, juegos, desfiles…— incluía también un riesgo de concentración de deseos, expresados como masa, que no dejaba de constituir un factor político, objeto continuo de manipulación, pero también, en ocasiones, de inseguridad para el soberano.

Augusto, además de atender a los problemas administrativos y de control, emprendió una radical transformación material de la Ciudad, que era ahora también, como sede del
princeps
, el centro del imperio. Augusto proclamaba que había recibido una Roma de ladrillo y la había dejado de mármol. Fiel al pensamiento de Cicerón de que «el pueblo romano odia el lujo privado, pero ama los gastos destinados al fasto público», prescindió de construirse una lujosa residencia acorde con su posición de poder. Continuó durante toda su vida en la casa privada que había adquirido en el
Palatino
[16]
, separada de sus vecinos sólo por dos árboles de laurel plantados a un lado de la entrada frontal como un símbolo de triunfo otorgado por el Senado; no obstante, le dio un carácter público, al transformar parte de ella en recinto sagrado: la persona que tenía por misión gobernar el mundo, cuidar de los Lares familiares y velar por el culto de los dioses patrios en su condición de
pontifex
maximus
, era la misma y compartía el mismo techo. Poder familiar, poder político y poder religioso, por tanto, vivían juntos. En cambio, derrochó esfuerzos y dinero para dar al corazón de la Urbe, el foro, un nuevo espacio público acorde con su rango de capital. El nuevo foro de Augusto, adosado al que había construido César, se materializó en una gran plaza de 15.000 metros cuadrados, rodeada de un pórtico de dos pisos, con un cargado simbolismo que debía ensalzar a la familia Julia. En su lado oriental se levantaba el templo a César divinizado, precedido de un altar, que señalaba el lugar donde fue incinerado su cadáver, y de una tribuna para los oradores, decorada con los espolones de los barcos capturados en Accio. Al lado del templo, un arco triunfal de tres vanos recordaba la victoria sobre los partos. Una basílica de cinco naves, dedicada a la memoria de los dos nietos prematuramente desaparecidos, se incluía en el complejo, del que formaban parte el venerable templo de Cástor y Pólux y el edificio de reuniones del Senado, remodelado por Augusto y, por ello, bautizado como
Curia Iulia
. Dominaba el conjunto, al fondo, el imponente templo dedicado a Marte Vengador (
Mars Ultor
), flanqueado por estatuas de los miembros de la familia Julia, y en el centro, la de Augusto, de pie en un carro triunfal, con una inscripción que lo celebraba como Padre de la Patria.

Pero de todos los mo
numen
tos erigidos por Augusto destaca, como símbolo del principado, el Altar de la Paz
Augusta
(
Ara Pacis
Augusta
e
), una pequeña construcción de planta cuadrada, a cielo abierto, con un altar en el centro, levantada en el Campo de Marte, entre los años 13 y 9 a.C., para conmemorar el final de las guerras contra cántabros y astures. Su importancia radica en la emblemática decoración en bajorrelieve, que cubre las paredes por dentro y por fuera, de gran calidad pero también de un alto valor histórico. Sobresale el gran friso externo, en el que se representa el desfile procesional que tuvo lugar con ocasión de la consagración del mo
numen
to: junto a Augusto y los miembros de la familia imperial, discurren con solemnidad magistrados, funcionarios y auxiliares. Entre los personajes puede reconocerse, con el propio Augusto, a su yerno y colaborador Agripa, su hija Julia, sus nietos Cayo y Lucio, su esposa Livia, sus hijastros Tiberio y Druso… A su lado se levantaba la imponente mole del mausoleo, que debía acoger sus restos mortales —una construcción cilíndrica extendida sobre una hectárea de terreno—, y en las inmediaciones, el llamado Panteón, dedicado por Agripa a los dioses protectores de la
gens Iulia
, Marte,Venus y julio César divinizado.

En las
Res Gestae
, el propio Augusto enumera prolijamente sus construcciones:

Construí la Curia y su vestíbulo anejo, el templo de Apolo en el Palatino y sus pórticos, el templo del Divino julio, el Lupercal, el pórtico junto al Circo Flaminio… el palco imperial del Circo Máximo; los templos de Júpiter Feretrio y de Júpiter Tonante, en el Capitolio; el de Quirino, los de Minerva, Juno Reina y Júpiter Libertador, en el Aventino; el templo de los Lares en la cima de laVía Sagrada, el de los dioses Penates en laVeia y los de la Juventud y la Gran Madre, en el Palatino. Restauré, con extraordinario gasto, el Capitolio y el teatro de Pompeyo… Reparé los acueductos, que, por su vejez, se encontraban arruinados en muchos sitios. Dupliqué la capacidad del acueducto Marcio, añadiéndole una nueva fuente. Concluí el Foro julio y la basílica situada entre los templos de Cástor y de Saturno… En solares de mi propiedad construí, con dinero de mi botín de guerra, el templo de Marte Vengador y el Foro de Augusto…

Augusto también mostró una gran atención por Italia, aunque aquí sus reformas fueron mucho más limitadas que en el ámbito urbano. Italia, cuyo territorio había sido ampliado durante la época triunviral hasta los Alpes, no era sólo una unidad geográfica. Había adquirido la conciencia de constituir una unidad étnica y política, estrechamente ligada a Roma, y había impuesto incluso el reconocimiento constitucional de esta realidad. En estos presupuestos se había basado precisamente Octaviano para convertirse en el caudillo de Occidente contra el «peligro oriental», con la autoridad de un juramento de fidelidad (
coniuratio Italiae
), prestado espontáneamente por sus comunidades. Los cambios de condición de Italia en la óptica política de Augusto no fueron de orden constitucional, sino sólo de carácter administrativo. No se modificaron, por consiguiente, las relaciones establecidas entre Italia y los órganos de gobierno, y en la división de poderes de 27 a.C. Italia permaneció, todavía en mayor medida que Roma, bajo el control del Senado. Es cierto que la administración de los órganos republicanos había tenido para Italia siempre una incidencia muy débil, supuesto el sistema de amplia autonomía municipal. También, en principio, el gobierno central fue respetuoso con la autonomía y poderes jurisdiccionales y administrativos reconocidos en época republicana a los órganos ciudadanos. La intervención de la administración central en Italia fue, sobre todo, en materia jurisdiccional. Augusto dividió Italia en once distritos o
regiones
, sin contar la ciudad de Roma. Aunque estamos mal informados sobre la finalidad y características de tal división, las
regiones
, al parecer, constituyeron la base del ordenamiento administrativo y judicial de Italia, especialmente para regular las cuestiones referentes a las propiedades estatales y a las finanzas. Por lo demás, también se extendió a Italia la intervención de funcionarios imperiales en ciertos ámbitos técnicos: el mantenimiento de las vías que superaban la competencia de cada una de las comunidades, confiado a los
curatores viarums
, del orden senatorial; el servicio oficial de postas (
cursus publicus
), y la percepción del impuesto sobre las sucesiones.

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