El espíritu de las leyes (55 page)

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Authors: Montesquieu

Tags: #Clásico, #Filosofía, #Política

BOOK: El espíritu de las leyes
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Las minas de Alemania y de Hungría dan valor al cultivo de la tierra; las de Méjico y las del Perú, al contrario, le destruyen.

Las Indias y España son dos potencias que gobierna un mismo soberano; pero las Indias son lo principal y España lo accesorio. En vano pretenderá la política subordinar lo principal a lo secundario: no es España la que atrae a las Indias, que son las Indias las que atraen a España.

Cerca de cincuenta millones de mercaderías van a las Indias cada año: de ellas no proporciona España más que dos millones y medio, de suerte que las Indias hacen un comercio de cincuenta millones, cuando no pasa de dos y medio el que hace España.

Es mala especie de riqueza la que proviene de un tributo accidental, que no depende ni de la industria de la nación, ni del número de sus habitantes, ni del cultivo de su suelo. El rey de España, que por su aduana de Cádiz recibe crecidas sumas, es en este concepto como un particular muy rico en un Estado muy pobre. Todos sus ingresos pasan de sus manos a las de los extranjeros, sin que a sus súbditos les toque casi nada; semejante comercio no depende de la buena o mala fortuna de su reino.

Si algunas provincias de Castilla le dieran tantos rendimientos como la aduana de Cádiz, su poder sería mucho mayor; sus riquezas provendrían de las del país; aquellas provincias darían ejemplo a las demás y todas juntas estarían en condiciones de sostener las cargas públicas. En lugar de un gran tesoro se tendría un gran pueblo.

CAPÍTULO XXIII
Problema

No soy yo quien ha de pronunciarse en la cuestión de si España, no pudiendo hacer por sí misma el comercio de las Indias, haría mejor en declararlo libre para que lo hicieran todas las naciones. Sólo diré que le conviene ponerles menos obstáculos hasta donde su política se lo permita. Cuando están caras las mercaderías que los extranjeros llevan a las Indias, en las Indias dan muchas de las suyas (que son el oro y la plata) por pocas extranjeras; y lo contrario sucede cuando éstas están a un precio vil. Sería útil, quizá, que las naciones extranjeras se perjudicasen unas a otras para que siempre estuviesen baratas las mercaderías que venden en las Indias. Creo que estos principios debieran examinarse, aunque sin aislarlos de otras consideraciones, como la seguridad de las Indias, la conveniencia de una aduana única, los peligros de un cambio repentino y los riesgos que se prevén, ciertamente menos graves que los imprevistos.

LIBRO XXII
De las leyes con relación al uso de la moneda.
CAPÍTULO I
Razón del uso de la moneda

Los pueblos que tienen pocos artículos en qué comerciar como los salvajes, y los más civilizados que sólo tienen dos o tres artículos, comercian cambiando los unos por los otros. Así las caravanas de moros que van a Tombuctú, situada en el centro de Africa, para dar sal a cambio de oro, no necesitan moneda. El moro de la caravana pone su sal en un montón; el negro de Tombuctú pone su oro en polvo igualmente amontonado. Si no hay bastante oro, añade el negro un poco más o el otro quita sal hasta que ambas partes se conforman.

Pero un pueblo cuyo tráfico abraza diversas mercancías necesita la moneda. El metal es fácil de transportar y evita muchos gastos, que no podrían evitarse procediendo siempre por permuta.

Cuando se comercia en variedad de artículos, suele suceder que una de las naciones quiera recibir muchos de la otra y ésta pocos de aquélla, aunque las dos estén en caso contrario respecto de otra nación; y no hay más remedio que usar de la moneda para saldar las diferencias entre lo dado y lo recibido.

CAPÍTULO II
De la naturaleza de la moneda

La moneda es un signo representativo de todos los valores. Sirve para el pago de toda mercadería, y es generalmente de metal para que no se gaste con el uso
[1]
. El metal más conveniente es el más precioso por ser más cómodo y barato su transporte. Los metales son muy a propósito para medida común, porque es fácil reducirlos a la misma ley. Cada Estado acuña su moneda y la garantiza con su sello, el cual responde de su ley y de su peso; y le da siempre la misma forma para que se reconozca a simple vista.

Los Atenienses, como no conocían el uso de los metales, se valían de bueyes, y los Romanos se valían de ovejas; pero una oveja no es igual a otra ni un buey es idéntico a otro buey, como una pieza de metal puede ser igual a otra pieza de metal
[2]
.

Así como el dinero es el signo del valor de las mercaderías, el papel es el signo del valor del dinero; y cuando es bueno lo representa con tanta exactitud, que no hay diferencia entre uno y otro en cuanto a los efectos.

Lo mismo que el dinero es signo de cada cosa y la representa, cada cosa es el signo, la equivalencia del dinero y su representación. Es próspero un Estado cuando el dinero representa bien todas las cosas y todas las cosas representan bien el dinero, es decir, cuando puede adquirirse éste o aquéllas en los límites del valor efectivo o relativo. Esto no sucede nunca más que en los gobiernos moderados, aunque no siempre; así, por ejemplo, si las leyes favorecen al mal deudor, las cosas pertenecientes a éste no representan dinero ni son signo de él. En cuanto a los gobiernos despóticos, sería bien raro que en ellos tuvieran las cosas el carácter de signos: la tiranía engendra la desconfianza, y ésta hace que todo el mundo esconda su dinero
[3]
; las cosas, por lo tanto, no representan la moneda.

Algunas veces los legisladores han sido tan hábiles, que con arte exquisito han hecho que las cosas no sólo representaran dinero, sino que fueran dinero como la moneda misma. César
[4]
, dictador, permitió que los deudores pagaran en tierras a sus acreedores, dando a las tierras el precio que tenían antes de la guerra civil. Y Tiberio
[5]
dispuso que quien tuviera necesidad de dinero lo tomase del Tesoro público, garantizando el doble en fincas. En tiempo de César, pues, las tierras eran moneda con que se pagaban todas las deudas; en tiempo de Tiberio, diez mil sestercios en fincas llegaron a ser una moneda común equivalente a cinco mil sestercios en dinero.

La Carta Magna de Inglaterra prohibe embargar las tierras o rentas de un deudor cuando sus bienes muebles o de uso personal son suficientes para el pago y ofrece pagar con ellos; así, todos los bienes de un Inglés representan dinero.

Las leyes de los Germanos
[6]
apreciaban en dinero las satisfacciones de los daños y las penas de los delitos. Pero como tenían poco dinero, buscaban la equivalencia en frutos o en ganado. Esto se fija en la ley de los Sajones con ciertas diferencias, en proporción a la abundancia de cada pueblo y a su comodidad. Empieza la ley por declarar el valor de un sueldo en ganado: el sueldo de dos tremís equivalía a un buey de doce meses o a una oveja con su cría, y el de tres tremis a un buey de dieciséis meses
[7]
. En los pueblos germánicos, la moneda se convertía en ganado, frutos o mercaderías, y estas cosas en moneda.

CAPÍTULO III
De las monedas imaginarias

Hay monedas reales y monedas ideales. Casi todos los pueblos civilizados se sirven de estas últimas. En todos hubo monedas reales, que son discos o piezas de metal de cierta forma, de cierta ley, de peso determinado; pero la mala fe o la necesidad le fue quitando metal a cada moneda, sin cambiarle el nombre. Por ejemplo, de una pieza del peso de una libra de plata, se quita la mitad de la plata y sigue llamándose una libra; la pieza que era la vigésima parte de la libra y se llamaba un sueldo, continúa llamándose un sueldo aunque ya no sea la vigésima parte de la libra. En tal caso, la libra es una libra ideal y el sueldo un sueldo ideal; lo propio ocurre con las demás subdivisiones y puede llegarse hasta el extremo de llamar libra a una porción minúscula de ella, con lo cual sería aún más ideal. Puede suceder que ya no se acuñen ni se encuentren piezas de una libra ni de la vigésima parte de una libra, aunque se siga contando por libras y por sueldos, y entonces la libra y el sueldo son monedas imaginarias, es decir, completamente ideales. Y se dará a cada moneda la denominación de tantas o cuantas libras, de tantos o cuantos sueldos, pudiendo hacerse continuas variaciones, porque es tan fácil darle otro nombre a una cosa como difícil es cambiar la cosa misma.

Para que desaparezca la causa de los abusos, sería una buena ley, en todos los países donde se quiera que florezca el tráfico, la que obligue a no emplear más que monedas reales y prohiba toda operación que las trueque en ideales.

Lo que más exento debe estar de cualquier alteración, es la medida común de todo lo que pueda ser materia de comercio.

La contratación es incierta por si misma; sería grave mal añadir una nueva incertidumbre a la que se funda en la naturaleza de la cosa.

CAPÍTULO IV
De la cantidad del oro y de la plata

Cuando las naciones organizadas imperan en el mundo, el oro y la plata aumentan cada día, bien por extraerlos de su suelo o por buscarlos fuera del país. Y lo contrario acontece cuando es mayor el influjo de los pueblos bárbaros. Sabido es cómo escasearon estos metales cuando invadieron todos los países los Godos y los Vándalos por un lado, por otro lado los Tártaros y los Sarracenos.

CAPÍTULO V
Continuación de la misma materia

La plata de América transportada a Europa, y desde Europa al Oriente, ha favorecido mucho la navegación y el comercio de las naciones europeas: es una mercancía más que Europa recibe del Nuevo Mundo y cambia después en las Indias orientales. Esto es favorable, considerando la plata como una mercancía; pero no lo es si la miramos en su calidad de signo, lo cual se funda en su rareza.

Antes de la primera guerra púnica, la proporción del cobre con la plata era de 960 a 1; hoy es de 73 y 1/2 a 1, aproximadamente
[8]
. Si no se hubiera alterado la primera proporción, la plata cumpliría mejor su función de signo.

CAPÍTULO VI
Por qué al descubrirse América disminuyó en la mitad el tipo del interés

Dice el inca Garcilaso
[9]
que en España, después de conquistadas las Indias, las rentas bajaron del diez al cinco por ciento. Era natural que sucediera así, por haberse traído a Europa de una vez gran cantidad de plata; de pronto hubo muchas menos personas que tuvieran necesidad de dinero; disminuyó el precio de la plata y aumentó el de todos los demás objetos: se rompió la proporción y quedaron extinguidas todas las antiguas deudas. Puede recordarse lo ocurrido en tiempo del sistema
[10]
, cuando todas las cosas tenían un gran valor, excepto el dinero. Conquistadas las Indias, los que tenían dinero se vieron en el caso de reducir el precio o la renta de su mercancía, es decir, el interés.

Desde entonces no han recobrado los préstamos su antigua tasa, porque todos los años ha aumentado en Europa la cantidad de dinero. Por otra parte, dando un interés muy módico los fondos públicos de algunos Estados, por la mayor riqueza debida a la extensión del comercio, ha sido necesario tomar por tipo ese interés en los contratos de los particulares. Por último, como el cambio ha dado tanta facilidad para el transporte del dinero, éste no puede escasear en ningún punto sin que al momento acuda de los lugares donde lo hay de sobra.

CAPÍTULO VII
De cómo se fija el precio de las cosas al variar de signo las riquezas

El precio de los productos o mercaderías no es invariable; pero ¿cómo se determina en cada caso el precio de cada cosa?

Lo mismo que se compara la masa de oro y plata que hay en el mundo con la totalidad de productos existentes, puede compararse proporcionalmente cada producto con una porción de aquella masa. La relación que haya entre los totales ha de ser la misma que entre partes de uno y otro. Supongamos que no haya en el mundo más que una sola mercancía, o que se compre solamente una, y que se la divida como el dinero: es evidente que cada parte de la mercancía corresponderá a una parte de la masa de dinero: la mitad de la una a la mitad de la otra; la décima, la centésima, la milésima parte de la primera, a la décima, centésima o milésima de la segunda. Pero como no está a la vez en el comercio todo lo que constituye la propiedad entre los hombres ni tampoco los metales o monedas que son su signo, los precios se fijarán en razón compuesta del total de las cosas con el total de los signos y del total de las cosas que están en el comercio con el total de los signos que también están en el comercio. Mas si se tiene en cuenta que las cosas y los signos que hoy no están en el comercio pueden estarlo mañana, la fijación del precio de las cosas depende siempre de la relación entre la suma de las cosas y el total de los signos.

Por esta razón el príncipe o magistrado no puede tasar el precio de las cosas, como no podría mandar que la relación de uno a diez sea igual a la de uno a veinte. Juliano ordenó que se rebajara en Antioquía el precio de los víveres y causó un hambre espantosa
[11]
.

CAPÍTULO VIII
Continuación del mismo tema

Los negros de la costa de Africa, sin tener moneda, tienen un signo de los valores; es un signo puramente ideal, fundado en la estimación que les inspira cada objeto, según la necesidad que tienen de él. Una mercadería cualquiera vale tres macutas, otra seis, la otra diez, que es como si dijeran simplemente que valen tres, seis, diez. Se determina el precio por la comparación de unas mercaderías con otras; no existe, pues, moneda particular, sino que cada porción de mercadería es moneda de la otra.

Si adoptáramos esta manera de evaluar las cosas, juntándola a nuestra manera de evaluarlas, todos los productos o mercaderías del mundo; o todos los de un Estado, valdrán cierto número de macutas; dividiendo todo el dinero de ese Estado, considerado aisladamente, en un número de partes igual al de macutas, cada una de esas partes será el signo de una macuta.

Suponiendo que se duplica la cantidad de dinero existente en un Estado, será preciso el doble que antes para representar una macuta; pero si al mismo tiempo que se dobla el dinero se dobla también la cantidad de macutas, no se alterará la proporción. Estimando que desde el decubrimiento de las Indias han aumentado en Europa el oro y la plata en la razón de uno a veinte, el precio de las cosas ha debido elevarse en la misma proporción; pero si a la vez ha aumentado el número de las mercaderías en razón de uno a dos, es indudable que el precio de las cosas o mercaderías habrá aumentado en la razón de uno a veinte y disminuído por otra parte en la de uno a dos, quedando por consiguiente en la de uno a diez.

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