El 18 Brumario de Luis Bonaparte (4 page)

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Authors: Karl Marx

Tags: #Clásico, Filosofía, Histórico

BOOK: El 18 Brumario de Luis Bonaparte
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La fracción burguesa republicana, que había venido considerándose desde hacía mucho tiempo como la legítima heredera de la monarquía de Julio vio así superadas sus esperanzas más audaces, pero no llegó al poder como soñara bajo Luis Felipe, por una revuelta liberal de la burguesía contra el trono, sino por una insurrección sofocada a cañonazos, del proletariado contra el capital. Lo que ella se había imaginado como el acontecimiento
más revolucionario
resultó ser, en realidad, el
más contrarrevolucionario
. Le cayó el fruto en el regazo, pero no cayó del árbol de la vida, sino del árbol de conocimiento.

La exclusiva
dominación de los republicanos burgueses
sólo duró desde el 24 de junio hasta el 10 de diciembre de 1848. Esta etapa se resume en la
redacción de una Constitución republicana
, y en
la proclamación del estado de sitio en París
.

La nueva
Constitución
no era, en el fondo, más que una reedición republicanizada de la Carta Constitucional, de 1830
[31]
. El censo electoral restringido de la monarquía de Julio, que excluía de la dominación política incluso a una gran parte de la burguesía, era incompatible con la existencia de la república burguesa. La revolución de febrero había proclamado inmediatamente el sufragio universal y directo para reemplazar el censo restringido. Los republicanos burgueses no podían deshacer este hecho. Tuvieron que contentarse con añadir la condición restrictiva de un domicilio mantenido durante seis meses en el punto electoral. La antigua organización administrativa, municipal, judicial, militar, etc., se mantuvo intacta, y allí donde la Constitución la modificó, estas modificaciones afectaban al índice y no al contenido; al nombre, no a la cosa.

El inevitable Estado Mayor de las libertades de 1848, la libertad personal, de prensa, de palabra, de asociación, de reunión, de enseñanza, de culto, etc., recibió un uniforme constitucional, que hacía a éstas invulnerables. En efecto, cada una de estas libertades era proclamada como el derecho
absoluto
del ciudadano francés, pero con un comentario adicional de que estas libertades son ilimitadas en tanto en cuanto no son limitadas por los «
derechos iguales de otros y por la seguridad pública
», o bien por «
leyes
» llamadas a armonizar estas libertades individuales entre sí y con la seguridad pública. Así, por ejemplo: «Los ciudadanos tienen derecho a asociarse, a reunirse pacíficamente y sin armas, a formular peticiones y a expresar sus opiniones por medio de la prensa o de otro modo.
El disfrute de estos derechos no tiene más límite que los derechos iguales de otros y a la seguridad pública
» (cap. II de la Constitución francesa, art. 8). «La enseñanza es libre. La libertad de enseñanza se ejercerá según las condiciones que determina la ley y bajo control supremo del estado (lugar cit. art. 9). «El domicilio de todo ciudadano es inviolable,
salvo
en las condiciones previstas por la ley» (cap. II. art. 3), etc. Por tanto, la Constitución se remite constantemente a futuras leyes
orgánicas
, que han de precisar y poner en práctica aquellas reservas y regular el disfrute de estas libertades ilimitadas, de modo que no choquen entre sí, ni con la seguridad pública. Y esta leyes orgánicas fueron promulgadas más tarde por los amigos del orden, y todas esas libertades reguladas de modo que la burguesía no chocase en su disfrute con los derechos iguales de las otras clases. Allí donde veda completamente «a los otros» estas libertades, o consiente su disfrute bajo condiciones que son otras tantas celadas policíacas, lo hace siempre, pura y exclusivamente, en interés de la «
seguridad pública
», es decir, de la seguridad de la burguesía, tal y como lo ordena la Constitución. En lo sucesivo, ambas partes invocan, por tanto, con pleno derecho, la Constitución: los amigos del orden al anular todas esas libertades, y los demócratas, al reivindicarlas todas. Cada artículo de la Constitución contiene, en efecto, su propia antítesis, su propia cámara alta y su propia cámara baja. En la frase general, la libertad; en el comentario adicional, la anulación de la libertad. Por tanto, mientras se respetase el nombre de la libertad y sólo se impidiese su aplicación real y efectiva —por la vía legal se entiende—, la existencia constitucional de la libertad permanecía íntegra, intacta, por mucho que se asesinase su existencia
común y corriente
.

Sin embargo, esta Constitución, convertida en inviolable de un modo tan sutil, era como Aquiles, vulnerable en un punto, no en el talón, sino en la cabeza, o mejor dicho en las dos cabezas en que culminaba: la
Asamblea Legislativa
, de una parte, y, de otra, el
presidente
. Si se repasa la Constitución, se verá que los únicos artículos absolutos, positivos, indiscutibles y sin tergiversación posible, son los que determinan las relaciones entre el presidente y la Asamblea Legislativa. En efecto, aquí se trataba, para los republicanos burgueses, de asegurar su propia posición. Los artículos 45-70 de la Constitución están redactados de tal forma, que la Asamblea Nacional puede eliminar el presidente de un modo constitucional, mientras que el presidente sólo puede eliminar a la Asamblea Nacional inconstitucionalmente, desechando la Constitución misma. Aquí, ella misma provoca, pues, su violenta supresión. No sólo consagra la división de poderes, como la Carta Constitucional de 1830, sino que la extiende hasta una contradicción insostenible.
El juego de los poderes constitucionales
, como Guizot llamaba a las camorras parlamentarias entre el poder legislativo y el ejecutivo, juega en la Constitución de 1848 constantemente
va banque
. De un lado, 750 representantes del pueblo, elegidos por sufragio universal y reelegibles, que forman una Asamblea Nacional que goza de omnipotencia legislativa, que decide en última instancia acerca de la guerra, de la paz y de los tratados comerciales, la única que tiene el derecho de amnistía y que con su permanencia ocupa constantemente el primer plano de la escena. De otro lado, el presidente, con todos los atributos del poder regio, con facultades para nombrar y separar a sus ministros, independientemente de la Asamblea Nacional, con todos los medios del poder ejecutivo en sus manos, siendo el que distribuye todos los puestos y el que, por tanto, decide en Francia la suerte de más de millón y medio de existencias, que dependen de los 500.000 funcionarios y oficiales de todos los grados. Tiene bajo su mando todo el poder armado. Goza del privilegio de indultar a los delincuentes individuales, de dejar en suspenso a los guardias nacionales, de destituir, de acuerdo con el Consejo de Estado, los consejos generales y cantonales y los ayuntamientos elegidos por los mismos ciudadanos. La iniciativa y la dirección de todos los tratados con el extranjero son facultades reservadas a él. Mientras que la Asamblea Nacional actúa constantemente sobre las tablas, expuesta a la luz del día y a la crítica pública, el presidente lleva una vida oculta en los Campos Elíseos y, además, teniendo siempre clavado en los ojos y en el corazón el artículo 45 de la Constitución, que le grita un día tras otro: «
frère, il faut mourir

[32]
. ¡Tu poder acaba el segundo domingo del hermoso mes de mayo del cuarto año de tu elección! ¡Y entonces, todo este esplendor se ha acabado y la función no puede repetirse, y si tienes deudas mira a tiempo cómo te las arreglas para saldarlas con los 600.000 francos que te asigna la Constitución, si es que acaso no prefieres dar con tus huesos en Clichy
[33]
al segundo lunes del hermoso mes de mayo! A la par que asigna al presidente el poder efectivo, la Constitución procura asegurar a la Asamblea Nacional el poder moral. Aparte de que es imposible atribuir un poder moral mediante los artículos de una ley, la Constitución aquí vuelve a anularse a sí misma, al disponer que el presidente será elegido por todos los franceses mediante sufragio universal y directo. Mientras que los votos de Francia se dispersan entre los 750 diputados de la Asamblea Nacional, aquí se concentran, por el contrario en un
solo
individuo. Mientras que cada uno de los representantes del pueblo sólo representan a este o a aquel partido, a esta o aquella ciudad, a esta o aquella cabeza de puente o incluso a la mera necesidad de elegir a uno cualquiera que haga el número de los 750, sin parar mientes minuciosamente en la cosa ni en el nombre,
él
es el elegido de la nación, y el acto de su elección es el gran triunfo que se juega una vez cada cuatro años el pueblo soberano. La Asamblea Nacional elegida está en una relación metafísica con la nación, mientras que el presidente elegido está en una relación personal. La Asamblea Nacional representa, sin duda, en sus distintos diputados, las múltiples facetas del espíritu nacional, pero en el presidente se encarna este espíritu. El presidente posee frente a ella una especie de derecho divino, es presidente por la Gracia del Pueblo.

Tetis, la diosa del mar, había profetizado a Aquiles que moriría en la flor de la juventud. La Constitución, que tiene su punto vulnerable, como Aquiles, tenía también como éste el presentimiento de que moriría de muerte prematura. A los republicanos puros constituyentes les bastaba con echar desde el reino de nubes de su república ideal una mirada al mundo profano para darse cuenta de cómo a medida que se iban acercando a la consumación de su gran obra de arte legislativo, crecía por días la insolencia de los monárquicos, de los bonapartistas, de los demócratas, de los comunistas, y su propio descrédito, sin que, por tanto, Tetis necesitase abandonar el mar y confiarles el secreto. Intentaron salir astutamente al paso de la fatalidad con un ardid constitucional, mediante el artículo 111 de la Constitución, según el cual toda propuesta de
revisión constitucional
ha de votarse en tres debates sucesivos, con un intervalo de un mes entero entre cada debate, por las tres cuartas partes de votantes, por lo menos, y siempre y cuando que, además, voten no menos de 500 diputados del a Asamblea Nacional. Con esto no hacían más que el pobre intento de ejercer como minoría —porque ya se veían proféticamente como tal— un poder que en aquel momento, en que disponía de la mayoría parlamentaria y de todos los resortes del poder del Gobierno, se les iba escapando por días de las débiles manos.

Finalmente, en un artículo melodramático, la Constitución se confía «a la vigilancia y al patriotismo de todo el pueblo francés y de cada francés por separado», después que en otro artículo anterior había entregado ya los «vigilantes» y «patriotas» a los tiernos y criminalísimos cuidados del Tribunal Supremo,
Haute Cour
, creado expresamente por ella.

Tal era la Constitución de 1848, que no fue derribada el 2 de diciembre de 1851 por una cabeza, sino que se vino a tierra al contacto de un simple sombrero; cierto es que este sombrero era el tricornio napoleónico.

Mientras los republicanos burgueses de la Asamblea se ocupaban en cavilar, discutir y votar esta Constitución, Cavaignac mantenía, fuera de la Asamblea,
el estado de sitio en París
. El estado de sitio en París fue el comadrón de la Constituyente en sus dolores republicanos del parto. Si más tarde la Constitución fue muerta por las bayonetas, no hay que olvidar que también había sido guardada en el vientre materno y traída al mundo por las bayonetas, por bayonetas vueltas contra el pueblo. Los antepasados de los «republicanos honestos» habían hecho dar a su símbolo, la bandera tricolor
[34]
, la vuelta por Europa. Ellos, a su vez, hicieron también un invento que se abrió por sí mismo paso por todo el continente, pero retornando a Francia con amor siempre renovado, hasta que acabó adquiriendo carta de ciudadanía en la mitad de sus departamentos:
el estado de sitio
. ¡Magnífico invento, aplicado periódicamente en cada una de las crisis sucesivas en el curso de la revolución francesa! Y el cuartel y el vivac, puestos así, periódicamente, por encima de la sociedad francesa para aplastarle el cerebro y convertirla en un ser tranquilo; el sable y el mosquetón, que periódicamente regentaban la justicia y la administración, ejercían tutela y censura, hacían funciones de policía y oficio de serenos, el bigote y la guerrera, que se preconizaban periódicamente como la sabiduría suprema y como los rectores de la sociedad, ¿no tenían necesariamente el cuartel y el vivac, el sable y el mosquetón, el bigote y la guerrea, que dar por último en la ocurrencia de que era mejor salvar a la sociedad de una vez para siempre, proclamando su propio régimen como el más alto de todos y descargando por completo a la sociedad burguesa del cuidado de gobernarse por sí misma? El cuartel y el vivac, el sable y el mosquetón, el bigote y la guerra tenían necesariamente que dar en esta ocurrencia, con tanta mayor razón cuanto que de este modo podían esperar también una mejor recompensa por sus altos servicios, mientras que limitándose a decretar periódicamente el estado de sitio y a salvar transitoriamente a la sociedad por encargo de esta o aquella fracción de la burguesía, se conseguía poco de sólido, fuera de algunos muertos y heridos y de algunas muecas amistosas de los burgueses. ¿Por qué el elemento militar no podía jugar por fin de una vez el estado de sitio en su propio interés y para su propio beneficio, sitiando al mismo tiempo las bolsas burguesas? Por lo demás, no olvidemos, digámoslo de pasada, que el
coronel Bernard
, aquel mismo presidente de la Comisión militar que bajo Cavaignac ayudó a mandar a la deportación sin juicio, a 15.000 insurrectos, vuelve a hallarse en este momento a la cabeza de las Comisiones militares que actúan en París.

Si los republicanos honestos, los republicanos puros, plantaron con el estado de sitio de París el vivero en que habían de criarse los pretorianos
[35]
del 2 de diciembre de 1851 merecen en cambio que se ensalce en ellos el que, lejos de exagerar el sentimiento nacional como habían hecho bajo Luis Felipe, ahora cuando disponen del poder de la nación, se arrastran a los pies del extranjero, y en vez de liberar a Italia, hacen que vuelvan a ocuparla los austríacos y los napolitanos
[36]
. La elección de Luis Bonaparte como presidente, el 10 de diciembre de 1848, puso fin a la dictadura de Cavaignac y a la Constituyente.

En el artículo 44 de la Constitución se dice: «El presidente de la República francesa no deberá haber perdido nunca la ciudadanía francesa». El primer presidente de la República francesa, L.N. Bonaparte, no sólo había perdido la ciudadanía francesa, no sólo había sido agente especial de la policía inglesa, sino que era incluso un suizo naturalizado
[37]
.

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