No sé exactamente qué significa ese encargo «a título personal». Lo cierto es que el señor Roldán era director de la Guardia Civil, uno de los pilares capitales de la seguridad del Estado y, por tanto, en todas sus actuaciones resultaba muy difícil un desdoblamiento entre lo oficial y lo personal. En todo caso, esa dualidad era imposible cuando lo que se pretendía era llevar a cabo una labor de investigación sobre un ciudadano privado al que algunas áreas del Sistema consideraban, al parecer, «enemigo político». No cabe duda de que la fórmula «a título personal» no es más que un eufemismo para encubrir que desde el Estado, y utilizando uno de sus más decisivos institutos de seguridad, se procediera a investigar a una persona privada que no tenía ningún cargo público ni ningún tipo de actividad relacionada con la seguridad del Estado.
Quizá resulte más sorprendente todavía conocer que el encargo se llevó a cabo mediante la contratación de una empresa extranjera dedicada a este tipo de actividades. Kroll —según he podido conocer posteriormente— es una de las empresas internacionales de mayor actividad en labores de investigación sobre personas o instituciones. Esta fue precisamente la que, al parecer, se contrató por el director general de la Guardia Civil para cumplir el mandato —según él— recibido «a título personal» del vicepresidente del Gobierno.
Al parecer, el asunto fue clasificado con el nombre de dosier Crillón. Ignoro el porqué del nombre ni tampoco la palabra me sugiere ningún tipo de afinidad conmigo. La prensa ha publicado que es debido al nombre del hotel parisino donde se formalizó el encargo.
El informe fue efectuado desde Londres y en él, según parece, colaboraron abogados, economistas, detectives y policías, y se trató de comprar —supongo que con algún éxito— a antiguos colaboradores míos. El encargo oficial se efectúa en enero de 1992. La fecha tiene enorme trascendencia, porque —como antes explicaba— coincide con los primeros movimientos oficiales de creación del grupo multimedia con el conde de Godó y, como posteriormente comprobaremos, con el inicio de las actividades inspectoras del Banco de España sobre el grupo Banesto.
El primer informe en inglés llegó a la mesa del director de la Guardia Civil —según las informaciones que he recibido— proveniente de Kroll en julio de 1992. El señor Roldán ordenaba de forma inmediata su traducción al castellano. Durante todo el año 1992 se continuó con las investigaciones, que finalizaron en los primeros meses de 1993. En total cuatro carpetas parece que componen el resultado de esta investigación ordenada por el Estado sobre un sujeto privado.
Cada una de las carpetas tiene dos partes: la primera se dedica a recoger informes de prensa y la segunda al «resultado de las investigaciones» efectuadas por las personas de la plantilla de Kroll o «contratadas» por esta para el desarrollo de sus actividades.
El precio pagado por el Estado, según las informaciones publicadas procedentes del señor Roldán, asciende a cerca de cien millones de pesetas. Parece lógico pensar que la única manera de ocultar el pago por este tipo de servicios era hacerlo con cargo a los fondos reservados del Ministerio del Interior. Llama la atención el importe, pero, sobre todo, si, como parece, fue abonado con cargo a fondos reservados, el asunto es ciertamente complicado.
El informe parte siempre de un principio: atribuirme un poder que —desgraciadamente— no tenía. Hubiera sido fascinante tener el absoluto control de la masonería francesa, como parece que afirma el informe, a través de mi relación con un tal señor Petriat —a quien no conozco—, presidente de una supuestamente todopoderosa Sociedad de Amigos Franco-Española de la que —según Kroll— yo había sido un prominente adepto. La primera vez que he oído hablar de esta sociedad es a raíz de este asunto. También parece que disfrutaba —según el informe— de una casi idéntica capacidad de control de la masonería italiana.
De la misma manera, según los informadores contratados por el Estado español, disfrutaba de un fuerte dominio sobre las comunidades judeo-sefarditas, y personas como Jacques Hachuel, Max Mazin y algunas otras que no había visto en mi vida —como Carlos Cadoen o Gait Pharaon— eran parte integrante de ese «poder». No quiero cansar al lector relatándole cómo —según el informe— mantengo conexiones de vital importancia en Sudáfrica, con la que he colaborado en importantísimos proyectos de naturaleza militar, a través de una compañía ubicada en Singapur y, al parecer, cuyos descubrimientos armamentistas fueron determinantes en el resultado de la guerra del Golfo Pérsico. Todo esto suena a broma, pero parece ser que figura en el informe por el que el Estado español pagó una cantidad elevada.
Pero la gran obsesión del informe es tratar de descubrir de qué manera yo percibía comisiones por las operaciones que efectuaba dentro y fuera del banco. Aparte de errores groseros, como, por ejemplo, cuando afirma que la operación de venta de Petromed fue negociada directamente por Juan Abelló y por mí, siendo evidente que en los momentos en que vendimos Petromed a British Petroleum, Juan Abelló hacía mucho tiempo que había abandonado Banesto, lo cierto es que su línea argumental se centra en dos operaciones: la venta de Sansón y las relaciones con el banco suizo UBS. Este último era —según parece deducirse de las informaciones suministradas por Kroll— un vehículo para esta finalidad y hasta parece ser que llega a afirmarse que este papel fue posteriormente asumido por J. P. Morgan, como si los grandes bancos suizos o americanos se dedicaran habitualmente a este tipo de negocios.
En la venta de Sansón fue J. P. Morgan quien diseñó la estrategia de interponer a un tercero, Fuad Said, cliente de J. P. Morgan y a quien yo había conocido solo por intermedio e indicación de J. P. Morgan y con quien me entrevisté una vez en un ambiente de marcado carácter social.
El grupo cementero Cemex, de nacionalidad mexicana, había decidido invertir en España tratando de adquirir una importante cuota en el mercado del cemento español. La empresa Sansón por sí sola no era suficiente. Tampoco Valenciana de Cementos. Su objetivo, consiguientemente, era adquirir ambas, pero de forma tal que, si no conseguía comprar las dos, ninguna de ellas aisladamente le interesaba. Nuestras relaciones con la familia Serratosa no eran ciertamente buenas a raíz del conflicto provocado por la propiedad de Valenciana de Cementos. Por eso creyeron que si esta familia hubiera sabido que Cemex estaba en negociaciones con Sansón al mismo tiempo que trataba de comprarles a ellos Valenciana de Cementos, podría ocurrir que no quisieran efectuar la venta.
Yo siempre dije que eso no me parecía sensato, puesto que una vez que la familia Serratosa había decidido vender, lo único importante para ellos —como, por otro lado, es lógico— era el precio y, por tanto, no iban a dejar de percibir una cantidad de dinero muy importante por el hecho de que Cemex tuviera buenas relaciones con nosotros. Sin embargo, la estrategia de J. P. Morgan fue de no correr riesgos y por esta razón la venta de Sansón la hicimos a una empresa de su cliente de origen egipcio, aunque quedaba claro que el beneficiario final sería en todo caso Cemex. El diseño de J. P. Morgan era razonable en función de las finalidades que pretendían alcanzar, que no eran otras que conseguir la mejor transacción para los intereses de su cliente Cemex. Nada tuvimos nosotros que ver, ni, por supuesto, ningún tipo de comisión fue pagada. Los investigadores de Kroll no entendieron nada y calificaron este asunto como «típico del método de Conde». Es lógico pensar que los investigadores, al recibir el encargo de una autoridad del Estado español, pensaran que el objetivo final no era fundamentalmente conseguir la verdad, sino que fueran capaces de poner en evidencia algunas cuestiones comprometidas que pudieran ser utilizadas como arma política en mi contra. Al menos supongo que ese era el verdadero objetivo del informe, porque otra cosa tendría muy poco sentido, sobre todo asumiendo los riesgos que el encargo por sí solo implicaba.
¿Quién hizo el encargo al director general de la Guardia Civil a título personal? Ordenemos los datos de los que disponemos y, posteriormente, formulemos algunas preguntas.
Primero
.— El informe existe, es una realidad. El diario
El Mundo
publicaba el viernes 20 de mayo un resumen del informe que le había enviado Roldán adjunto a su carta. Por tanto, es una realidad que una autoridad del Estado, legítimamente nombrada y responsable de una institución de la importancia de la Guardia Civil, reconoce por escrito, con su propia firma, que ordenó una investigación sobre un sujeto privado.
Segundo
.— Desde septiembre de 1993 yo tenía constancia de la existencia de ese informe, puesto que un ministro del Gobierno me comentó que había recibido información del señor Roldán acerca del mismo. No le di excesiva importancia puesto que, según mi informante, era un mal informe que solo contenía una serie de banalidades.
Tercero
.— El período de ejecución de la investigación efectuada por Kroll se corresponde con la aparición del caso Ibercorp y nuestra decisión de invertir en medios de comunicación, singularmente el proyecto Antena 3 Televisión y
La Vanguardia.
También parece —aunque este dato no puedo darlo por seguro— que se corresponde con determinadas investigaciones que, al parecer, se llevaron a efecto sobre Javier Godó.
Cuarto
.— El vicepresidente del Gobierno, señor Serra, ha negado ante los medios de comunicación social y ante el Parlamento español que haya encargado ese informe «ni ningún otro» al señor Roldán. Posteriormente, a raíz de la publicación en el diario
El Mundo
de la carta en la que el señor Roldán reconoce expresamente que el encargo se recibió del vicepresidente del Gobierno, así como los fondos necesarios para sufragar el coste que, a su vez, procedían del Cesid, la prensa publicó que el vicepresidente del Gobierno había encargado al Servicio Jurídico del Estado el estudio de acciones penales contra el señor Roldán.
Quinto
.— El día 20 de mayo, viernes, a las 7 de la tarde sostuve una conversación telefónica con Felipe González. Hablé del informe Kroll y el presidente del Gobierno me dijo: «Puedes estar seguro de que no viene de esta casa». En lo que se refiere al presidente del Gobierno, estoy convencido de que no tuvo ninguna intervención en el proceso de encargar el informe.
Con estos datos, comencemos con las preguntas: ¿qué sentido tiene que el señor Roldán encargue un informe sobre mí por su cuenta y riesgo? ¿En qué afectaban mis actividades a las propias del señor Roldán? ¿Por qué iba a meterse en un asunto de esta envergadura a título puramente personal? ¿Quizá para ofrecérselo después al vicepresidente? La verdad es que, objetivamente contemplado, parece tener poco sentido que un hombre de las «actividades» del señor Roldán decidiera un día por la mañana pensar que un cometido lógico suyo era dedicarse a espiar al señor Conde, y asumir los costes de todo tipo —entre ellos, económicos— que el asunto implicaba. No parece sensato, la verdad.
El vicepresidente del Gobierno no ha negado la existencia del informe. Antes al contrario, parece haber reconocido que existe. Si esto es así, y teniendo constancia de que Roldán comentó a un ministro del Gobierno la existencia del informe hace casi un año, parece extraño que nada dijera el entonces director de la Guardia Civil al vicepresidente del Gobierno. ¿Es lógico pensar que se comente la existencia de un informe de esa envergadura al ministro y no al vicepresidente? No lo parece, aunque todo es posible. Si Serra hubiera tenido conocimiento de ese informe antes de que el asunto apareciera en la prensa, el tema sería muy complicado, puesto que surgirían preguntas tales como las siguientes: ¿qué hizo al conocer su existencia? ¿Por qué no cesó a Roldán? ¿Por qué no ejerció las acciones penales correspondientes?
Pero todavía quedan algunas preguntas más. ¿Qué gana el señor Roldán diciendo que fue el vicepresidente quien se lo encargó? ¿Qué consigue con ello? Aparentemente, nada. El señor Roldán tiene que responder ante la justicia de una serie de imputaciones relativas a cuestiones económicas. ¿Por qué firma una carta que puede traerle consecuencias penales adicionales? ¿Solo por ánimo de perjudicar a Serra? No parece sensato. Con los problemas que parece tener el señor Roldán, añadirse voluntariamente uno más, y especialmente grave, no parece muy lógico. ¿Es creíble que pretenda escudarse en el principio de «obediencia debida»? No parece que funcione en estos casos.
Siendo sincero, la verdad es que me resulta muy extraño que el señor Roldán por su cuenta y riesgo se dedique a encargar a una empresa extranjera un informe sobre mis actividades privadas, que le comunique su existencia a un miembro del Gobierno, que posteriormente lo reconozca por escrito dirigido a un medio de comunicación social y que se invente que fue el vicepresidente del Gobierno quien se lo encargó. Hay que reconocer que el señor Roldán, en el momento de firmar la carta, está buscado por la justicia y en paradero desconocido y, por tanto, estos hechos restan credibilidad a sus palabras. Pero este argumento no parece del todo convincente porque las preguntas están ahí y sus respuestas son lo suficientemente complejas como para eliminarlas solo con ese argumento de falta de credibilidad de un prófugo de la justicia. Que el lector saque las conclusiones por sí mismo.
En todo caso, lo cierto es que el informe existió y creo que su mera existencia es una prueba de que la tesis de enemistad política no es un presupuesto inventado sino una realidad fáctica. Encargar un informe a una empresa internacional, pagarlo —según parece— con fondos reservados, disponer de informaciones falsas sobre un sujeto privado, penetrar en sus esferas íntimas incluidas las familiares, me parece que es un ejemplo, quizá límite, de eso que llamaba al comienzo de este libro el código del Sistema.
¿Es legal que el Estado investigue a personas privadas? Puede argumentarse que cuando existe algún riesgo para la seguridad del Estado este tiene derecho a defenderse, y para eso precisamente están los servicios de inteligencia estatal. Pero ¿tenía yo algo que ver con la seguridad del Estado? No. Se trataba sencillamente de investigar a una persona declarada por un sector del Sistema «enemigo político», y en este contexto no me parece que las actuaciones efectuadas puedan revestir el atributo de la legalidad. En su obra
Historia de las ideas políticas,
Walter Theimer escribe a propósito del totalitarismo: «El hombre ya no es un fin en sí mismo, como quería Kant, sino sólo el medio para otros fines y además sólo para fines estatales, puesto que la esfera privada está suprimida: continuamente dirigido, continuamente vigilado, carece no ya de intimidad sino incluso de voluntad».